PROYECTO RESOLUCION N° 2071-D-10 - INFORME DERRUMBE

PROYECTO DE RESOLUCIÓN

Artículo 1°.- El Poder Ejecutivo informará a la Legislatura de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires en un plazo de 30 (treinta) días de recibida la presente y a través de los organismos correspondientes, acerca de los siguientes hechos vinculados con el derrumbe acaecido en el predio sito en la calle Viamonte 798, asentado en la Sección 1, Manzana 15, Parcela 8, del barrio de San Nicolás:

a) Si existen trámites de permiso y/o aviso de obra para el predio en cuestión. En caso afirmativo, indique número de expediente, fecha, tipo de solicitud, curso dado al trámite y su estado a la fecha del siniestro. Adjunte, asimismo, copia de los planos correspondientes.

b) Indique nombre de los profesionales a cargo del cálculo estructural, la seguridad e higiene y toda otra persona que resulte solidariamente responsable de la obra en cuestión.

c) Consigne inspecciones realizadas y sus resultados y adjunte copia de las actas correspondientes.

d) En caso de no existir trámites, informe si se han recibido denuncias con respecto a la existencia de una obra sin permiso en el predio mencionado. En caso afirmativo, indique el curso dado a las mismas.

e) Mencione las acciones que la Administración ha tomado a fin de deslindar las correspondientes responsabilidades, cuál ha sido el resultado de las mismas y cuáles son las sanciones administrativas previstas.

f) Indique, asimismo, si el Gobierno de la Ciudad tiene previsto iniciar algún tipo de acción legal en torno a los hechos acaecidos.

Artículo 2°.- Comuníquese, etc.

FUNDAMENTOS


Sr.Vicepresidente I:

Nuestra Ciudad ha experimentado en los últimos años un notable crecimiento de la construcción. El crecimiento interanual acumulado por dicho sector entre los años 2002 y 2007 fue del 364%. Si bien esta tendencia se moderó desde principios del año 2008 , sigue siendo uno de los sectores más dinámicos de la economía porteña. Cabe mencionar aquí que, debido a la escasez de terrenos vacantes, la construcción de nuevos edificios se realiza principalmente a partir de la demolición total o parcial del parque edificado existente.

Si bien el crecimiento de la actividad es un síntoma saludable de nuestra economía, es rol del Estado no sólo administrar esta energía a través de una planificación urbana responsable, sino también garantizar la seguridad de los ciudadanos mediante una eficiente labor de control y fiscalización de las obras en curso.

Aparentemente, en el predio ubicado en Viamonte 798 se estaba llevando a cabo una ampliación que incluía el crecimiento en altura de un inmueble existente. Una obra de este tipo necesitaría un minucioso estudio de la capacidad portante de la estructura existente, con el consiguiente recálculo, y la previsión de los cuidados necesarios para ejecutar la nueva estructura en obra. Sin embargo, parte del edificio colapsó pocas horas después de la partida de los obreros que trabajaban en el lugar.

Este derrumbe constituye un hecho de suma gravedad en la que un transeúnte resultó herido y que sólo merced a la fortuna no se transformó en una tragedia mayor. Este pedido de informes busca verificar el trámite que esta obra ha tenido y cuáles han sido los hechos que han llevado a tan grave hecho.

Por todo lo expuesto, solicito la aprobación de la presente resolución.

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