PROYECTO DE RESOLUCIÓN
Artículo 1°.- El Poder Ejecutivo informará a la Legislatura de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires en un plazo de 30 (treinta) días de recibida la presente y a través de los organismos correspondientes, acerca de los siguientes hechos vinculados con el derrumbe acaecido en el predio sito en la calle Viamonte 798, asentado en la Sección 1, Manzana 15, Parcela 8, del barrio de San Nicolás:
a) Si existen trámites de permiso y/o aviso de obra para el predio en cuestión. En caso afirmativo, indique número de expediente, fecha, tipo de solicitud, curso dado al trámite y su estado a la fecha del siniestro. Adjunte, asimismo, copia de los planos correspondientes.
b) Indique nombre de los profesionales a cargo del cálculo estructural, la seguridad e higiene y toda otra persona que resulte solidariamente responsable de la obra en cuestión.
c) Consigne inspecciones realizadas y sus resultados y adjunte copia de las actas correspondientes.
d) En caso de no existir trámites, informe si se han recibido denuncias con respecto a la existencia de una obra sin permiso en el predio mencionado. En caso afirmativo, indique el curso dado a las mismas.
e) Mencione las acciones que la Administración ha tomado a fin de deslindar las correspondientes responsabilidades, cuál ha sido el resultado de las mismas y cuáles son las sanciones administrativas previstas.
f) Indique, asimismo, si el Gobierno de la Ciudad tiene previsto iniciar algún tipo de acción legal en torno a los hechos acaecidos.
Artículo 2°.- Comuníquese, etc.
FUNDAMENTOS
Sr.Vicepresidente I:
Nuestra Ciudad ha experimentado en los últimos años un notable crecimiento de la construcción. El crecimiento interanual acumulado por dicho sector entre los años 2002 y 2007 fue del 364%. Si bien esta tendencia se moderó desde principios del año 2008 , sigue siendo uno de los sectores más dinámicos de la economía porteña. Cabe mencionar aquí que, debido a la escasez de terrenos vacantes, la construcción de nuevos edificios se realiza principalmente a partir de la demolición total o parcial del parque edificado existente.
Si bien el crecimiento de la actividad es un síntoma saludable de nuestra economía, es rol del Estado no sólo administrar esta energía a través de una planificación urbana responsable, sino también garantizar la seguridad de los ciudadanos mediante una eficiente labor de control y fiscalización de las obras en curso.
Aparentemente, en el predio ubicado en Viamonte 798 se estaba llevando a cabo una ampliación que incluía el crecimiento en altura de un inmueble existente. Una obra de este tipo necesitaría un minucioso estudio de la capacidad portante de la estructura existente, con el consiguiente recálculo, y la previsión de los cuidados necesarios para ejecutar la nueva estructura en obra. Sin embargo, parte del edificio colapsó pocas horas después de la partida de los obreros que trabajaban en el lugar.
Este derrumbe constituye un hecho de suma gravedad en la que un transeúnte resultó herido y que sólo merced a la fortuna no se transformó en una tragedia mayor. Este pedido de informes busca verificar el trámite que esta obra ha tenido y cuáles han sido los hechos que han llevado a tan grave hecho.
Por todo lo expuesto, solicito la aprobación de la presente resolución.
PROYECTO RESOLUCION - N° 2013-D-10
PROYECTO DE RESOLUCIÓN
Artículo 1°.- El Poder Ejecutivo del Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, informará dentro de los 30 (treinta) días de recibida la presente, sobre los siguientes puntos relacionados con la "Línea 108 - Atención Social Inmediata".
1) Cantidad de trabajadoras/es, discriminados por turno, por función, tipo de capacitación de los mismos y modalidad de contratación.
2) Indique la cantidad de llamados recibidos durante el 2009, discriminados por turno y por problemática.
3) Precise la cantidad de demandas recibidas durante el 2009 que se han resuelto de manera positiva y definitiva para el demandante.
4) Remita diagnostico de las demandas discriminada por problemática social registrada de los llamados recibidos.
5) Indique si se han llevado adelante medidas para la difusión de esta línea de atención telefónica. En caso afirmativo, detalle la manera en que se han llevado a cabo, los medios que se han utilizado y la frecuencia.
Art. 2°.- Comuníquese, etc.
FUNDAMENTOS
Señor Presidente:
La “Línea 108” es la línea telefónica de Atención Social Inmediata que el Ministerio de Desarrollo Social a dispuesto a fin de brindar información sobre los programas vigentes de citada repartición.
Asimismo, y según se puede leer en la pagina Web del Gobierno de la Ciudad, están encargados de elaborar un diagnóstico de las demandas discriminadas por problemáticas sociales que registran de los llamados que reciben de la población en situación de riesgo o vulnerabilidad social.
Tienen por destinatarios a los “Ciudadanos/as afectados por situaciones de riesgo social y vecinos de la ciudad que presenten inquietudes al respecto”.
Entendemos que este instrumento es sumamente útil y ágil, tanto para evacuar dudas como también para acudir al auxilio de quienes demandan la ayuda del Estado.
Sin embargo, en la realidad resulta prácticamente imposible alcanzar una comunicación “inmediata”. Las líneas están ocupadas, los operadores se encuentran ocupados o simplemente, uno puede permanecer en el teléfono durante largos minutos sin que nadie responda. No obstante, en los casos donde la persona que requiere la ayuda reclama por la dificultad de acceder a los operadores telefónicos, estos dan la misma respuesta “somos pocos trabajadores en este turno atendiendo decenas de llamados”.
De manera tal que, es nuestra intención obtener la información solicitada en este proyecto a fin de notificarnos sobre la problemática interna que al parecer, aqueja al servicio y conocer las demandas y las resoluciones que se han efectuado en el ultimo año, creemos importante contar con esta información para tener conocimiento de la situación de decenas de vecinos en estado de vulnerabilidad social y legislar para resolver estos problemas.
Con la firme convicción que las personas en situación de riesgo son una prioridad ineludible del estado, sometemos a consideración el presente proyecto de Resolución.
Artículo 1°.- El Poder Ejecutivo del Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, informará dentro de los 30 (treinta) días de recibida la presente, sobre los siguientes puntos relacionados con la "Línea 108 - Atención Social Inmediata".
1) Cantidad de trabajadoras/es, discriminados por turno, por función, tipo de capacitación de los mismos y modalidad de contratación.
2) Indique la cantidad de llamados recibidos durante el 2009, discriminados por turno y por problemática.
3) Precise la cantidad de demandas recibidas durante el 2009 que se han resuelto de manera positiva y definitiva para el demandante.
4) Remita diagnostico de las demandas discriminada por problemática social registrada de los llamados recibidos.
5) Indique si se han llevado adelante medidas para la difusión de esta línea de atención telefónica. En caso afirmativo, detalle la manera en que se han llevado a cabo, los medios que se han utilizado y la frecuencia.
Art. 2°.- Comuníquese, etc.
FUNDAMENTOS
Señor Presidente:
La “Línea 108” es la línea telefónica de Atención Social Inmediata que el Ministerio de Desarrollo Social a dispuesto a fin de brindar información sobre los programas vigentes de citada repartición.
Asimismo, y según se puede leer en la pagina Web del Gobierno de la Ciudad, están encargados de elaborar un diagnóstico de las demandas discriminadas por problemáticas sociales que registran de los llamados que reciben de la población en situación de riesgo o vulnerabilidad social.
Tienen por destinatarios a los “Ciudadanos/as afectados por situaciones de riesgo social y vecinos de la ciudad que presenten inquietudes al respecto”.
Entendemos que este instrumento es sumamente útil y ágil, tanto para evacuar dudas como también para acudir al auxilio de quienes demandan la ayuda del Estado.
Sin embargo, en la realidad resulta prácticamente imposible alcanzar una comunicación “inmediata”. Las líneas están ocupadas, los operadores se encuentran ocupados o simplemente, uno puede permanecer en el teléfono durante largos minutos sin que nadie responda. No obstante, en los casos donde la persona que requiere la ayuda reclama por la dificultad de acceder a los operadores telefónicos, estos dan la misma respuesta “somos pocos trabajadores en este turno atendiendo decenas de llamados”.
De manera tal que, es nuestra intención obtener la información solicitada en este proyecto a fin de notificarnos sobre la problemática interna que al parecer, aqueja al servicio y conocer las demandas y las resoluciones que se han efectuado en el ultimo año, creemos importante contar con esta información para tener conocimiento de la situación de decenas de vecinos en estado de vulnerabilidad social y legislar para resolver estos problemas.
Con la firme convicción que las personas en situación de riesgo son una prioridad ineludible del estado, sometemos a consideración el presente proyecto de Resolución.
PROYECTO DECLARACION PEDIDO INFORME- N°2012-D-2010
PROYECTO DE RESOLUCIÓN
Artículo 1°.- El Poder Ejecutivo del Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, informará dentro de los 30 (treinta) días de recibida la presente, sobre los siguientes puntos relacionados con los servicios móviles que presta el Ministerio de Desarrollo Social en todos sus programas.
1) Nómina de vehículos disponibles para la asistencia de personas en situación de calle, especificar programa al cual pertenecen, tipo de móvil, matrícula, estado funcional, turnos que cubren y función específica a la que están destinados.
2) Nómina de trabajadoras/es que prestan servicio en estos móviles, especificando turno que cumplen, modalidad de contratación, función, programa al cual pertenecen y tipo de capacitación de los mismos.
3) Cantidad de casos atendidos durante el 2009 discriminando programas, origen de la denuncia y resultados en la resolución del conflicto.
Art. 2°.- Comuníquese, etc.
FUNDAMENTOS
Señor Presidente:
Con la llegada del invierno es indispensable que el Ministerios de Desarrollo Social de la ciudad cuente con la mayor cantidad de recursos humanos y técnicos para asistir a todas las personas en situación de calle que se encuentran en el ámbito de nuestra ciudad.
Desde hace meses hemos recibido decenas de reclamos de falta de asistencia a personas en situación de calle, encontrando, en su mayoría, la explicación en la falta de recursos técnicos y humanos para prestar esta asistencia.
Es necesario que contemos con la información brindada por el Ministerio en relación a cantidad de móviles y personal disponible en todos los programas, ya sean del Buenos Aires Presente, del equipo móvil de atención a la niñez y adolescencia y de todos aquellos programas o áreas que intervengan en la asistencia en la vía publica
En este sentido presentamos este pedido de informes a fin de conocer la situación real de infraestructura con la que cuenta el Ministerio de Desarrollo Social para dar respuesta a los vecinos más desprotegidos de nuestra ciudad.
Artículo 1°.- El Poder Ejecutivo del Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, informará dentro de los 30 (treinta) días de recibida la presente, sobre los siguientes puntos relacionados con los servicios móviles que presta el Ministerio de Desarrollo Social en todos sus programas.
1) Nómina de vehículos disponibles para la asistencia de personas en situación de calle, especificar programa al cual pertenecen, tipo de móvil, matrícula, estado funcional, turnos que cubren y función específica a la que están destinados.
2) Nómina de trabajadoras/es que prestan servicio en estos móviles, especificando turno que cumplen, modalidad de contratación, función, programa al cual pertenecen y tipo de capacitación de los mismos.
3) Cantidad de casos atendidos durante el 2009 discriminando programas, origen de la denuncia y resultados en la resolución del conflicto.
Art. 2°.- Comuníquese, etc.
FUNDAMENTOS
Señor Presidente:
Con la llegada del invierno es indispensable que el Ministerios de Desarrollo Social de la ciudad cuente con la mayor cantidad de recursos humanos y técnicos para asistir a todas las personas en situación de calle que se encuentran en el ámbito de nuestra ciudad.
Desde hace meses hemos recibido decenas de reclamos de falta de asistencia a personas en situación de calle, encontrando, en su mayoría, la explicación en la falta de recursos técnicos y humanos para prestar esta asistencia.
Es necesario que contemos con la información brindada por el Ministerio en relación a cantidad de móviles y personal disponible en todos los programas, ya sean del Buenos Aires Presente, del equipo móvil de atención a la niñez y adolescencia y de todos aquellos programas o áreas que intervengan en la asistencia en la vía publica
En este sentido presentamos este pedido de informes a fin de conocer la situación real de infraestructura con la que cuenta el Ministerio de Desarrollo Social para dar respuesta a los vecinos más desprotegidos de nuestra ciudad.
PROYECTO DECLARACION - INTERES CULTURAL N° 2011-D-2010
PROYECTO DE DECLARACION
Declárese de Interés Cultural de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires el "VI Salón de Arte Textil-Pequeño y Mediano Formato", organizado por la Asociación Cooperadora Amigos del Museo de Arte Popular "José Hernández", el día 20 de Agosto de 2010 en el Museo de Arte Popular José Hernández, sito en la Av. Libertador 2373 de esta ciudad.
FUNDAMENTOS.
El “VI Salón de Arte Textil – Pequeño y Mediano Formato” es una iniciativa de la Asociación de Amigos del Museo de Arte Popular “José Hernández” que se realizará el día 20 de Agosto de 2010 en el Museo de Arte Popular José Hernández. Esta actividad se realiza desde el año 2005 y desde su primera realización fue declarada, años tras año, de interés cultural por esta Legislatura.
Esta exposición convoca y reúne la participación de distintos artistas que a través de sus obras logran una presentación artística en diversas técnicas personales y materiales como madera, metal fieltro, alambre, lana, acrílico, cuero, gasa, fibra sintética, piedras, etc.
Los premios otorgados en las categorías pequeño y mediano formato en los años anteriores han destacado expresiones artísticas de gran calidad y a singulares artistas que comprometen su esfuerzo en la recreación de un arte tan especial como es el Arte Textil. Estas distinciones son otorgadas por un prestigioso jurado, conformado por artistas de amplia trayectoria.
El objetivo de este evento es el de aunar las distintas disciplinas del arte textil en su diversidad de materiales y expresiones; la propuesta del Salón es crear un espacio que mantenga posibilidades comunicativas y expresivas y continuar con la tradición desde una visión renovada y personal, que muestra el alto nivel de los artistas y la excelencia de sus creaciones.
El mencionado Salón contribuye a fortalecer la identidad regional y nacional, facilitando el conocimiento y la comprensión de nuestro patrimonio cultural.
Por estas razones, es que solicitamos la aprobación del presente proyecto de Declaración.
Declárese de Interés Cultural de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires el "VI Salón de Arte Textil-Pequeño y Mediano Formato", organizado por la Asociación Cooperadora Amigos del Museo de Arte Popular "José Hernández", el día 20 de Agosto de 2010 en el Museo de Arte Popular José Hernández, sito en la Av. Libertador 2373 de esta ciudad.
FUNDAMENTOS.
El “VI Salón de Arte Textil – Pequeño y Mediano Formato” es una iniciativa de la Asociación de Amigos del Museo de Arte Popular “José Hernández” que se realizará el día 20 de Agosto de 2010 en el Museo de Arte Popular José Hernández. Esta actividad se realiza desde el año 2005 y desde su primera realización fue declarada, años tras año, de interés cultural por esta Legislatura.
Esta exposición convoca y reúne la participación de distintos artistas que a través de sus obras logran una presentación artística en diversas técnicas personales y materiales como madera, metal fieltro, alambre, lana, acrílico, cuero, gasa, fibra sintética, piedras, etc.
Los premios otorgados en las categorías pequeño y mediano formato en los años anteriores han destacado expresiones artísticas de gran calidad y a singulares artistas que comprometen su esfuerzo en la recreación de un arte tan especial como es el Arte Textil. Estas distinciones son otorgadas por un prestigioso jurado, conformado por artistas de amplia trayectoria.
El objetivo de este evento es el de aunar las distintas disciplinas del arte textil en su diversidad de materiales y expresiones; la propuesta del Salón es crear un espacio que mantenga posibilidades comunicativas y expresivas y continuar con la tradición desde una visión renovada y personal, que muestra el alto nivel de los artistas y la excelencia de sus creaciones.
El mencionado Salón contribuye a fortalecer la identidad regional y nacional, facilitando el conocimiento y la comprensión de nuestro patrimonio cultural.
Por estas razones, es que solicitamos la aprobación del presente proyecto de Declaración.
PROYECTO RESOLUCION PEDIDO INFORME - N° 1968-D-2010
PROYECTO DE RESOLUCIÓN
Artículo 1°.- El Poder Ejecutivo del Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, informará dentro de los 30 (treinta) días de recibida la presente, sobre los siguientes puntos relacionados con diferentes áreas del Ministerio de Desarrollo Social en todos sus programas.
1) Operativo Frío:
¿Por qué se realizó el lanzamiento de este operativo antes de la llegada de los grandes fríos?
¿Cuántos casos se han atendido hasta la fecha?
¿Con que stock de comida, frazadas y otros materiales cuenta este operativo actualmente para hacer frente a las próximas olas de frío?
¿Cuántos móviles se encuentran afectados a este operativo?
Nómina de trabajadores afectados a este operativo
2) Paradores y hogares:
Indique con qué cantidad de plazas contaba cada parador y hogar en los años 2007, 2008 y 2009. Con qué cantidad de plazas cuentan en este momento
Indique nómina de trabajadoras/es que prestan servicio en los paradores y hogares dependientes del Ministerio de Desarrollo Social, especificando turno que cumplen, modalidad de contratación, función, fecha de ingreso y tipo de capacitación de los mismos.
¿En qué horarios se encuentra abierto cada parador y cada hogar?
Indique si ante la resolución de abrir los paradores y hogares durante el día se ha tomado la decisión de abrir un parador por semana, si es así, indique que área resolvió esta modalidad, quien es el responsable y remita la orden que se les envió a los directores de cada parador.
¿En qué situación edilicia se encuentran los paradores y hogares de la ciudad?
Con qué cantidad de comida cuenta cada parador y cada hogar
Indique si el parador Costanera cuenta con instalación de gas
Indique si el parador 26 de julio cuenta con heladera
Indique el estado de la cocina del hogar Félix Lora
Indique cual es la metodología que se adopta ante un internado que necesite atención médica
Indique si los paradores y hogares cuentan con medicamentos
Art. 2°.- Comuníquese, etc.
FUNDAMENTOS
El 1 de junio de este año vimos por los medios de comunicación el lanzamiento del operativo frió del Ministerio de Desarrollo Social de nuestra ciudad, en este lanzamiento la Ministra de Desarrollo Social sostenía que las plazas de los paradores y hogares de nuestra ciudad se habían incrementado en un 30%, y en un 50% el personal afectado al operativo.
Desde la legislatura de la ciudad hemos seguido con asombro estos números de incremento en el área social de nuestra ciudad, sobre todo después de hablar con los vecinos que utilizan estos programas y pudimos constatarlo con los trabajadores del sector, que nos informan de la falta de recursos técnicos y humanos.
Sumado a esto en los últimos días y ante la noticia de la muerte de un bebe, que se encontraba junto a su familia viviendo en las calles de nuestra ciudad, hemos asistido ante un debate publico entre la familia del bebe, la Ministra de Desarrollo Social y diversos funcionarios de ese ministerio.
Artículo 1°.- El Poder Ejecutivo del Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, informará dentro de los 30 (treinta) días de recibida la presente, sobre los siguientes puntos relacionados con diferentes áreas del Ministerio de Desarrollo Social en todos sus programas.
1) Operativo Frío:
¿Por qué se realizó el lanzamiento de este operativo antes de la llegada de los grandes fríos?
¿Cuántos casos se han atendido hasta la fecha?
¿Con que stock de comida, frazadas y otros materiales cuenta este operativo actualmente para hacer frente a las próximas olas de frío?
¿Cuántos móviles se encuentran afectados a este operativo?
Nómina de trabajadores afectados a este operativo
2) Paradores y hogares:
Indique con qué cantidad de plazas contaba cada parador y hogar en los años 2007, 2008 y 2009. Con qué cantidad de plazas cuentan en este momento
Indique nómina de trabajadoras/es que prestan servicio en los paradores y hogares dependientes del Ministerio de Desarrollo Social, especificando turno que cumplen, modalidad de contratación, función, fecha de ingreso y tipo de capacitación de los mismos.
¿En qué horarios se encuentra abierto cada parador y cada hogar?
Indique si ante la resolución de abrir los paradores y hogares durante el día se ha tomado la decisión de abrir un parador por semana, si es así, indique que área resolvió esta modalidad, quien es el responsable y remita la orden que se les envió a los directores de cada parador.
¿En qué situación edilicia se encuentran los paradores y hogares de la ciudad?
Con qué cantidad de comida cuenta cada parador y cada hogar
Indique si el parador Costanera cuenta con instalación de gas
Indique si el parador 26 de julio cuenta con heladera
Indique el estado de la cocina del hogar Félix Lora
Indique cual es la metodología que se adopta ante un internado que necesite atención médica
Indique si los paradores y hogares cuentan con medicamentos
Art. 2°.- Comuníquese, etc.
FUNDAMENTOS
El 1 de junio de este año vimos por los medios de comunicación el lanzamiento del operativo frió del Ministerio de Desarrollo Social de nuestra ciudad, en este lanzamiento la Ministra de Desarrollo Social sostenía que las plazas de los paradores y hogares de nuestra ciudad se habían incrementado en un 30%, y en un 50% el personal afectado al operativo.
Desde la legislatura de la ciudad hemos seguido con asombro estos números de incremento en el área social de nuestra ciudad, sobre todo después de hablar con los vecinos que utilizan estos programas y pudimos constatarlo con los trabajadores del sector, que nos informan de la falta de recursos técnicos y humanos.
Sumado a esto en los últimos días y ante la noticia de la muerte de un bebe, que se encontraba junto a su familia viviendo en las calles de nuestra ciudad, hemos asistido ante un debate publico entre la familia del bebe, la Ministra de Desarrollo Social y diversos funcionarios de ese ministerio.
PROYECTO LEY CUPULAS - 1894-D-2010
PROYECTO DE LEY
Art.1º.- Catalógase con Nivel de Protección Cautelar en los términos del art.10.3 “Catalogación” del Código de Planeamiento Urbano, los edificios enumerados a continuación:
Dirección Sección Manzana Parcela Nivel de Protección
25 de Mayo195 1 50 1 C
Achaval 221 42 51 1b C
Alsina 1102 12 55 1a C
Alsina 1694 12 14 9a C
Alsina 1801 20 73 25 C
Arroyo 841 3 33 22b C
Av Córdoba 2501 11 1 30a C
Av. Belgrano 1705 12 5 30 C
Av. Belgrano 2208 20 38 1 C
Av. Belgrano 873 2 5 16a C
Av. Belgrano 903 12 74 23 C
Av. Callao 34 9 74 24 C
Av. Callao 729 5 8 17 C
Av. Callao 843 7 1 1c C
Av. Córdoba 1309 7 38 29 C
Av. Córdoba 791 3 34 20b C
Av. Corrientes 1212 5 46 1 C
Av. Corrientes 1258 5 46 5 C
Av. Corrientes 3989 17 93 22 C
Av. Corrientes 980 5 70b 8 C
Av. Del Libertador 2402 21 69 19 C
Av. Dr. J. M. Ramos Mejía 1315 3 65 0 C
Av. Gral. Las Heras 1902 11 59 1 C
Av. Independencia 902 14 75 1 C
Av. Ing. Huergo 351 2 76 0 C
Av. José M. Moreno 93 40 75 33 C
Av. Leandro N. Alem 673 1 63 1a C
Av. Rivadavia 2002 20 58 1 C
Av. Rivadavia 4498 36 15 5 C
Av. Rivadavia 4731 45 113 2a C
Av. Rivadavia 5002 40 75 1 C
Av. Roque Saenz Peña 809 1 3b 7 C
Ayacucho 1072 11 54 1I C
Ayacucho 890 11 52 1 C
Azcuenaga 406 9 29 24a C
Bartolomé Mitre 1691 5 10 24 C
Bartolomé Mitre 1907 9 67 27a C
Bartolomé Mitre 2094 9 58 12a C
Bartolomé Mitre 2490 9 25 9a C
Bartolomé Mitre 402 1 33 1d C
Bartolomé Mitre 802 1 1 1a C
Bernardo De Irigoyen 610 12 71 11D C
Chacabuco 413 2 13 1a C
Esmeralda 892 3 26 10 C
Florida 238 1 19 24 C
Florida 28 1 17a 19 C
Florida 291 1 27 5a C
Dirección Sección Manzana Parcela Nivel de Protección
Hipolito Yrigoyen 1910 20 65 1 C
Hipólito Yrigoyen 2025 20 58 22b C
Hipólito Yrigoyen 3901 36 84 0 C
Junín 119 9 59 15a C
Larrea 288 9 18 1a C
Lavalle 1101 5 55 24a C
Lavalle 1206 5 47 1 C
Lavalle 178 1 61 1d C
Lavalle 2295 9 47 19b C
Lavalle 402 1 37 1a C
Lavalle 900 1 5 17 C
Leopoldo Marechal 1041 45 101 0 C
Libertad 166 5 44 9 C
Lincoln 3751 83 120 0 C
Marcelo T. De Alvear 665 3 44 0 C
Montes de Oca 550 8 3 7b C
Montevideo 691 5 25 13 C
Moreno 1696 12 13 18 C
Paraguay 1252 7 44 2a C
Paraguay 601 3 42 32 C
Paso 195 9 17 12a C
Paso 423 9 20 17 C
Paso 598 9 7 1 C
Pte. L. Saenz Peña 1185 5 54b 6a C
Pte. L. Saenz Peña 179 12 22 19a C
Pueyrredón 559 9 6 17 C
Reconquista165 1 42 7b C
Rincón 110 20 57 13 C
Rincón 380 20 55 16 C
Riobamba 1121 11 77 11 C
Riobamba 1193 11 77 9 C
Riobamba 707 9 82 22 C
Rivadavia 2195 9 50 20 C
Rodriguez Peña 307 5 12 23 C
Salta 286 12 55 18a C
San Martín 1009 3 55 8c C
San Martín 201 1 35 14 C
San Martín 492 1 29 1a C
Santa Fe 1199 3 4 16c C
Santa Fe 1301 7 41 28f C
Santa Fe 1311 7 41 28c C
Santa Fe 750 3 36 1a C
Sarmiento 1401 5 30 17a C
Sarmiento 2671 9 14 12f C
Sarmiento 602 1 19 1 C
Soler 4411 19 105 27a C
Suipacha 585 1 6 11 C
Suipacha 607 1 7a 21 C
Suipacha 705 1 8 25 C
Suipacha 831 3 26 31 C
Tacuarí 131 12 76 1c C
Talcahuano 309 5 46 13b C
Tte. Gral. J. D. Perón 644 1 18b 1 C
Tte. Gral. J.D. Perón 1890 9 75 12a C
Tte. Gral. J.D. Perón 1902 9 67 1a C
Dirección Sección Manzana Parcela Nivel de Protección
Tucumán 1501 5 25 32 C
Tucumán 781 1 15 17 C
Uriburu 20 9 42 33a C
Uriburu 592 9 47 1a C
Uriburu 920 11 31 1b C
Viamonte 452 1 39 5a C
Viamonte 850 1 7a 15 C
Vicente Lopez 1788 7 7 1a C
Art.2º.- Incorpóranse los inmuebles catalogados en el artículo 1º al Catálogo previsto en la Sección 10 del Código de Planeamiento Urbano.
Art.3º.- El Poder Ejecutivo, a través de la Dirección General de Registro de Obras y Catastro, dependiente del Ministerio de Desarrollo Urbano, deberá asentar en la Documentación Catastral correspondiente, la catalogación establecida por el Artículo 1º.
Art.4º: Cúmplase con los Artículos 89º y 90º de la Constitución de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires.
Art. 5º: Comuníquese, etc.
FUNDAMENTOS
Señor Vicepresidente I:
Las cúpulas y remates singulares la ciudad de Buenos Aires constituyen una parte importantísima de su patrimonio arquitectónico, paisajístico y cultural que el presente proyecto busca preservar. Estos elementos conforman, sin duda alguna, uno de los rasgos morfológicos más frecuentemente asociados a nuestro perfil urbano y se encuentran fuertemente arraigados en la memoria colectiva, siendo constantemente objeto de investigaciones, ensayos, relevamientos fotográficos y publicaciones. Su presencia nos remite a una época ecléctica y prolífica para la construcción porteña, época que estuvo caracterizada por la multiplicidad de estilos y lenguajes y la amplia variedad de arquitectos, constructores, artistas y artesanos -tanto locales como extranjeros- que convergieron en el quehacer arquitectónico local, dándole a nuestra Ciudad un paisaje urbano diverso y de una riqueza expresiva sobresaliente.
La cúpula constituye un tipo de bóveda llamado "de revolución" y, dada su antigüedad, no existe registro preciso del momento en que hizo su aparición como tipo constructivo. Entre los ejemplos más antiguos que se conservan encontramos el tholos –tumba cubierta por una cúpula- de Atreo, rey de Micenas, que data del siglo XIII A.C. Posteriormente, los romanos hicieron del sistema de arcos y bóvedas el sello distintivo de su arquitectura y entre sus edificios más sobresalientes encontramos el Panteón, templo de planta circular cubierto por una gran cúpula. Fue recién durante el período bizantino que los avances técnicos permitieron cubrir edificios de plantas rectangulares o cuadradas con bóvedas de base circular o cúpulas. En el siglo XV, las iglesias del Renacimiento se cubrieron de cúpulas de sofisticada factura y terminación, mientras que el período Barroco introdujo cúpulas de base elíptica y ovalada. El neoclásico de los siglos XVIII y XIX las utilizó en diversos edificios de la arquitectura civil. A principios del siglo XX, el Art Nouveau y otros movimientos de vanguardia utilizaron la cúpula con gran libertad.
En Buenos Aires, el horizonte de la ciudad virreinal estaba ya caracterizado por la presencia de las cúpulas de las primeras iglesias. Más tarde, su uso se extendió a otros edificios, asociándose a modernidad y progreso. El período de auge en la construcción de cúpulas y remates en la Ciudad se dio entre las décadas de 1880 y 1930.
Muchas interpretaciones se han hecho sobre la simbología y significado de la cúpula, siendo las más frecuentes aquellas que la asocian a una representación del cosmos o de la bóveda celeste. De lo que no cabe duda alguna es que siu presencia realza el edificio en el que se alza y caracteriza formalmente el entorno, constituyéndose en referencia formal para su área de influencia. Los edificios con cúpula fueron en muchos casos el remate de una cuadra, agrupándose en las esquinas y formando conjuntos de alta calidad arquitectónica y urbanística. En otros casos, se encuentran a mitad de la cuadra, subrayando su carácter. De acuerdo con la diversidad que le es propia, la Ciudad de Buenos Aires se pobló de cúpulas de distintos estilos, materiales y formas. En ella se mezclan edificios de lenguaje academicista, art nouveau, art deco o neo mudéjar, cuyas cúpulas y remates poseen bases cilíndricas, elípticas, cuadradas y rectangulares, cubiertas con tejuelas de distintos materiales y coronadas por agujas, figuras humanas o linternas, entre otros diseños.
Reconquista 165 Bartolomé Mitre 1691
Tanta importancia tuvo la cúpula como elemento compositivo en nuestra arquitectura que fue tomada como remate, también, de muchas de las bóvedas existentes en los cementerios de la Recoleta, Chacarita y Flores, cuyos paisajes caracteriza.
Algunas de las cúpulas más sobresalientes de nuestra ciudad son la del Congreso de la Nación (1906), obra del arquitecto Víctor Meano; la cúpula y remate del edificio del Diario La Prensa, hoy Casa de la Cultura, obra de Carlos Agote y Alberto Gainza construida entre 1895 y 1898; el edificio "La Inmobiliaria" ubicado en Av. de Mayo y San José y construido en el año 1910 por el arquitecto Luis Broggi o la mística cúpula-faro del Palacio Barolo. A su vez, entre las cúpulas que aún carecen de protección y que el presente proyecto busca preservar, se destacan: la cúpula del Banco Francés, ubicado en Reconquista 165, obra del Arq. Jorge Bunge (1926); la cúpula del edificio de la ex hilandería y tejeduría Danubio, proyectada por el Arq. Lorenzo Siegerist en 1920 y cuyo edificio, ubicado en la calle Salta 286, es la actual sede de la escuela del Instituto Nacional de Cine y Artes Audiovisuales; o el bellísimo remate del edificio de Bartolomé Mitre 1691 donde funciona actualmente un hotel.
Sarmiento 2671 Salta 286
El valor patrimonial de estos inmuebles fue reconocido por la Resolución 20-GCABA-SSPLAN-07, que, en virtud del mismo, los incorporó en forma preventiva al Catálogo previsto en la Sección 10 del Código de Planeamiento Urbano. En esa ocasión, la propuesta había sido sometida a consideración del Consejo Asesor de Asuntos Patrimoniales, el cual dictaminó en forma favorable mediante Nota s/N° CAAP de fecha 11 de septiembre de 2007. A pesar de esto, el correspondiente proyecto de Ley no fue girado a esta Legislatura para su trámite y posterior sanción.
El Código de Planeamiento define el valor arquitectónico como el que “refiere a los elementos poseedores de calidades de estilo, composición, materiales, coherencia tipológica y otra particularidad relevante", en tanto que el valor urbanístico reconoce "las cualidades que posee un edificio que define o califica la trama, el paisaje urbano o el espacio público". El valor histórico-cultural es aquel que “refiere a aquellos elementos testimoniales de una organización social o forma de vida que configuran la memoria histórica colectiva y un uso social actual”.
Resulta evidente que los edificios cuya protección se propone poseen valor arquitectónico, urbanístico e histórico-cultural, por generar "conjuntos urbanísticos de gran calidad que cualifican el paisaje urbano siendo éste el rasgo que probablemente identifique a la Ciudad de Buenos Aires como única en Latinoamérica con tal proliferación de este tipo constructivo" .
En virtud de todo lo expuesto es que solicito la aprobación del presente Proyecto de Ley.
Art.1º.- Catalógase con Nivel de Protección Cautelar en los términos del art.10.3 “Catalogación” del Código de Planeamiento Urbano, los edificios enumerados a continuación:
Dirección Sección Manzana Parcela Nivel de Protección
25 de Mayo195 1 50 1 C
Achaval 221 42 51 1b C
Alsina 1102 12 55 1a C
Alsina 1694 12 14 9a C
Alsina 1801 20 73 25 C
Arroyo 841 3 33 22b C
Av Córdoba 2501 11 1 30a C
Av. Belgrano 1705 12 5 30 C
Av. Belgrano 2208 20 38 1 C
Av. Belgrano 873 2 5 16a C
Av. Belgrano 903 12 74 23 C
Av. Callao 34 9 74 24 C
Av. Callao 729 5 8 17 C
Av. Callao 843 7 1 1c C
Av. Córdoba 1309 7 38 29 C
Av. Córdoba 791 3 34 20b C
Av. Corrientes 1212 5 46 1 C
Av. Corrientes 1258 5 46 5 C
Av. Corrientes 3989 17 93 22 C
Av. Corrientes 980 5 70b 8 C
Av. Del Libertador 2402 21 69 19 C
Av. Dr. J. M. Ramos Mejía 1315 3 65 0 C
Av. Gral. Las Heras 1902 11 59 1 C
Av. Independencia 902 14 75 1 C
Av. Ing. Huergo 351 2 76 0 C
Av. José M. Moreno 93 40 75 33 C
Av. Leandro N. Alem 673 1 63 1a C
Av. Rivadavia 2002 20 58 1 C
Av. Rivadavia 4498 36 15 5 C
Av. Rivadavia 4731 45 113 2a C
Av. Rivadavia 5002 40 75 1 C
Av. Roque Saenz Peña 809 1 3b 7 C
Ayacucho 1072 11 54 1I C
Ayacucho 890 11 52 1 C
Azcuenaga 406 9 29 24a C
Bartolomé Mitre 1691 5 10 24 C
Bartolomé Mitre 1907 9 67 27a C
Bartolomé Mitre 2094 9 58 12a C
Bartolomé Mitre 2490 9 25 9a C
Bartolomé Mitre 402 1 33 1d C
Bartolomé Mitre 802 1 1 1a C
Bernardo De Irigoyen 610 12 71 11D C
Chacabuco 413 2 13 1a C
Esmeralda 892 3 26 10 C
Florida 238 1 19 24 C
Florida 28 1 17a 19 C
Florida 291 1 27 5a C
Dirección Sección Manzana Parcela Nivel de Protección
Hipolito Yrigoyen 1910 20 65 1 C
Hipólito Yrigoyen 2025 20 58 22b C
Hipólito Yrigoyen 3901 36 84 0 C
Junín 119 9 59 15a C
Larrea 288 9 18 1a C
Lavalle 1101 5 55 24a C
Lavalle 1206 5 47 1 C
Lavalle 178 1 61 1d C
Lavalle 2295 9 47 19b C
Lavalle 402 1 37 1a C
Lavalle 900 1 5 17 C
Leopoldo Marechal 1041 45 101 0 C
Libertad 166 5 44 9 C
Lincoln 3751 83 120 0 C
Marcelo T. De Alvear 665 3 44 0 C
Montes de Oca 550 8 3 7b C
Montevideo 691 5 25 13 C
Moreno 1696 12 13 18 C
Paraguay 1252 7 44 2a C
Paraguay 601 3 42 32 C
Paso 195 9 17 12a C
Paso 423 9 20 17 C
Paso 598 9 7 1 C
Pte. L. Saenz Peña 1185 5 54b 6a C
Pte. L. Saenz Peña 179 12 22 19a C
Pueyrredón 559 9 6 17 C
Reconquista165 1 42 7b C
Rincón 110 20 57 13 C
Rincón 380 20 55 16 C
Riobamba 1121 11 77 11 C
Riobamba 1193 11 77 9 C
Riobamba 707 9 82 22 C
Rivadavia 2195 9 50 20 C
Rodriguez Peña 307 5 12 23 C
Salta 286 12 55 18a C
San Martín 1009 3 55 8c C
San Martín 201 1 35 14 C
San Martín 492 1 29 1a C
Santa Fe 1199 3 4 16c C
Santa Fe 1301 7 41 28f C
Santa Fe 1311 7 41 28c C
Santa Fe 750 3 36 1a C
Sarmiento 1401 5 30 17a C
Sarmiento 2671 9 14 12f C
Sarmiento 602 1 19 1 C
Soler 4411 19 105 27a C
Suipacha 585 1 6 11 C
Suipacha 607 1 7a 21 C
Suipacha 705 1 8 25 C
Suipacha 831 3 26 31 C
Tacuarí 131 12 76 1c C
Talcahuano 309 5 46 13b C
Tte. Gral. J. D. Perón 644 1 18b 1 C
Tte. Gral. J.D. Perón 1890 9 75 12a C
Tte. Gral. J.D. Perón 1902 9 67 1a C
Dirección Sección Manzana Parcela Nivel de Protección
Tucumán 1501 5 25 32 C
Tucumán 781 1 15 17 C
Uriburu 20 9 42 33a C
Uriburu 592 9 47 1a C
Uriburu 920 11 31 1b C
Viamonte 452 1 39 5a C
Viamonte 850 1 7a 15 C
Vicente Lopez 1788 7 7 1a C
Art.2º.- Incorpóranse los inmuebles catalogados en el artículo 1º al Catálogo previsto en la Sección 10 del Código de Planeamiento Urbano.
Art.3º.- El Poder Ejecutivo, a través de la Dirección General de Registro de Obras y Catastro, dependiente del Ministerio de Desarrollo Urbano, deberá asentar en la Documentación Catastral correspondiente, la catalogación establecida por el Artículo 1º.
Art.4º: Cúmplase con los Artículos 89º y 90º de la Constitución de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires.
Art. 5º: Comuníquese, etc.
FUNDAMENTOS
Señor Vicepresidente I:
Las cúpulas y remates singulares la ciudad de Buenos Aires constituyen una parte importantísima de su patrimonio arquitectónico, paisajístico y cultural que el presente proyecto busca preservar. Estos elementos conforman, sin duda alguna, uno de los rasgos morfológicos más frecuentemente asociados a nuestro perfil urbano y se encuentran fuertemente arraigados en la memoria colectiva, siendo constantemente objeto de investigaciones, ensayos, relevamientos fotográficos y publicaciones. Su presencia nos remite a una época ecléctica y prolífica para la construcción porteña, época que estuvo caracterizada por la multiplicidad de estilos y lenguajes y la amplia variedad de arquitectos, constructores, artistas y artesanos -tanto locales como extranjeros- que convergieron en el quehacer arquitectónico local, dándole a nuestra Ciudad un paisaje urbano diverso y de una riqueza expresiva sobresaliente.
La cúpula constituye un tipo de bóveda llamado "de revolución" y, dada su antigüedad, no existe registro preciso del momento en que hizo su aparición como tipo constructivo. Entre los ejemplos más antiguos que se conservan encontramos el tholos –tumba cubierta por una cúpula- de Atreo, rey de Micenas, que data del siglo XIII A.C. Posteriormente, los romanos hicieron del sistema de arcos y bóvedas el sello distintivo de su arquitectura y entre sus edificios más sobresalientes encontramos el Panteón, templo de planta circular cubierto por una gran cúpula. Fue recién durante el período bizantino que los avances técnicos permitieron cubrir edificios de plantas rectangulares o cuadradas con bóvedas de base circular o cúpulas. En el siglo XV, las iglesias del Renacimiento se cubrieron de cúpulas de sofisticada factura y terminación, mientras que el período Barroco introdujo cúpulas de base elíptica y ovalada. El neoclásico de los siglos XVIII y XIX las utilizó en diversos edificios de la arquitectura civil. A principios del siglo XX, el Art Nouveau y otros movimientos de vanguardia utilizaron la cúpula con gran libertad.
En Buenos Aires, el horizonte de la ciudad virreinal estaba ya caracterizado por la presencia de las cúpulas de las primeras iglesias. Más tarde, su uso se extendió a otros edificios, asociándose a modernidad y progreso. El período de auge en la construcción de cúpulas y remates en la Ciudad se dio entre las décadas de 1880 y 1930.
Muchas interpretaciones se han hecho sobre la simbología y significado de la cúpula, siendo las más frecuentes aquellas que la asocian a una representación del cosmos o de la bóveda celeste. De lo que no cabe duda alguna es que siu presencia realza el edificio en el que se alza y caracteriza formalmente el entorno, constituyéndose en referencia formal para su área de influencia. Los edificios con cúpula fueron en muchos casos el remate de una cuadra, agrupándose en las esquinas y formando conjuntos de alta calidad arquitectónica y urbanística. En otros casos, se encuentran a mitad de la cuadra, subrayando su carácter. De acuerdo con la diversidad que le es propia, la Ciudad de Buenos Aires se pobló de cúpulas de distintos estilos, materiales y formas. En ella se mezclan edificios de lenguaje academicista, art nouveau, art deco o neo mudéjar, cuyas cúpulas y remates poseen bases cilíndricas, elípticas, cuadradas y rectangulares, cubiertas con tejuelas de distintos materiales y coronadas por agujas, figuras humanas o linternas, entre otros diseños.
Reconquista 165 Bartolomé Mitre 1691
Tanta importancia tuvo la cúpula como elemento compositivo en nuestra arquitectura que fue tomada como remate, también, de muchas de las bóvedas existentes en los cementerios de la Recoleta, Chacarita y Flores, cuyos paisajes caracteriza.
Algunas de las cúpulas más sobresalientes de nuestra ciudad son la del Congreso de la Nación (1906), obra del arquitecto Víctor Meano; la cúpula y remate del edificio del Diario La Prensa, hoy Casa de la Cultura, obra de Carlos Agote y Alberto Gainza construida entre 1895 y 1898; el edificio "La Inmobiliaria" ubicado en Av. de Mayo y San José y construido en el año 1910 por el arquitecto Luis Broggi o la mística cúpula-faro del Palacio Barolo. A su vez, entre las cúpulas que aún carecen de protección y que el presente proyecto busca preservar, se destacan: la cúpula del Banco Francés, ubicado en Reconquista 165, obra del Arq. Jorge Bunge (1926); la cúpula del edificio de la ex hilandería y tejeduría Danubio, proyectada por el Arq. Lorenzo Siegerist en 1920 y cuyo edificio, ubicado en la calle Salta 286, es la actual sede de la escuela del Instituto Nacional de Cine y Artes Audiovisuales; o el bellísimo remate del edificio de Bartolomé Mitre 1691 donde funciona actualmente un hotel.
Sarmiento 2671 Salta 286
El valor patrimonial de estos inmuebles fue reconocido por la Resolución 20-GCABA-SSPLAN-07, que, en virtud del mismo, los incorporó en forma preventiva al Catálogo previsto en la Sección 10 del Código de Planeamiento Urbano. En esa ocasión, la propuesta había sido sometida a consideración del Consejo Asesor de Asuntos Patrimoniales, el cual dictaminó en forma favorable mediante Nota s/N° CAAP de fecha 11 de septiembre de 2007. A pesar de esto, el correspondiente proyecto de Ley no fue girado a esta Legislatura para su trámite y posterior sanción.
El Código de Planeamiento define el valor arquitectónico como el que “refiere a los elementos poseedores de calidades de estilo, composición, materiales, coherencia tipológica y otra particularidad relevante", en tanto que el valor urbanístico reconoce "las cualidades que posee un edificio que define o califica la trama, el paisaje urbano o el espacio público". El valor histórico-cultural es aquel que “refiere a aquellos elementos testimoniales de una organización social o forma de vida que configuran la memoria histórica colectiva y un uso social actual”.
Resulta evidente que los edificios cuya protección se propone poseen valor arquitectónico, urbanístico e histórico-cultural, por generar "conjuntos urbanísticos de gran calidad que cualifican el paisaje urbano siendo éste el rasgo que probablemente identifique a la Ciudad de Buenos Aires como única en Latinoamérica con tal proliferación de este tipo constructivo" .
En virtud de todo lo expuesto es que solicito la aprobación del presente Proyecto de Ley.
PROYECTO RESOLUCION - PROMOCION E INTEGRACION SOCIAL - 1856-D- 2010
PROYECTO DE RESOLUCIÓN
Artículo 1°.- El Poder Ejecutivo del Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, informará dentro de los 30 (treinta) días de recibida la presente, a través de los organismos correspondientes sobre los siguientes puntos relacionados con la Ley Nº 105.
1. Si se encuentra en funcionamiento el “Programa de Estudio y Evaluación de los Servicios de Asistencia Alimentaria y Nutricional a la Población en Situación Vulnerable o Crítica", creado por el articulo 1º de la Ley.
2. Si se ha confeccionado el mapa diagnóstico de la situación alimentaria y nutricional de la Ciudad de Buenos Aires, tal como lo indica en el articulo 2º inciso a) de la Ley. En caso afirmativo, se solicita su remisión.
3. Si se ha realizado el análisis y evaluación de resultados e impacto de los servicios existentes bajo la jurisdicción de los Ministerios de Promoción Social, de Educación y de Salud., tal como lo indica el artículo 2º inciso b) de la Ley. En caso afirmativo, se solicita su remisión.
Art. 2°.- Comuníquese, etc.
FUNDAMENTOS
Sr. Presidente:
La Ley 105 ha sido sancionada por esta Legislatura el 19 de noviembre de 1998. En ella, se crea el “Programa de estudio y evaluación de los servicios de asistencia alimentaria y nutricional a la población en situación vulnerable o critica".
El objeto de la misma es centralizar los programas relativos a los planes de alimentación que otorgan las distintas reparticiones de Gobierno, a saber: Ministerio de Salud, Ministerio de Educación y, finalmente, el Ministerio de Desarrollo Social, siendo esta ultima la encargada de la coordinación del mencionado Programa.
Es, sin dudas, una Ley de una relevancia absoluta puesto que atañe a una mejora en el déficit de la alimentación de los ciudadanos que se encuentran en situación de vulnerabilidad social.
Contar con el mapa nutricional nos permitiría entonces, no solamente dar cuenta de la situación actual sino también encontrar soluciones a este problema, problema que se acrecienta día a día.
No obstante ello, es imprescindible realizar adecuadamente un análisis y una evaluación de los servicios que se están implementado actualmente, ya que ello facilitaría el diseño de una política publica que tienda a revertir el problema en cuestión de manera definitiva.
Con el firme convencimiento del carácter indispensable que supone la puesta en marcha del mapa nutricional, solicito la aprobación del presente proyecto de Resolución.
.
Artículo 1°.- El Poder Ejecutivo del Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, informará dentro de los 30 (treinta) días de recibida la presente, a través de los organismos correspondientes sobre los siguientes puntos relacionados con la Ley Nº 105.
1. Si se encuentra en funcionamiento el “Programa de Estudio y Evaluación de los Servicios de Asistencia Alimentaria y Nutricional a la Población en Situación Vulnerable o Crítica", creado por el articulo 1º de la Ley.
2. Si se ha confeccionado el mapa diagnóstico de la situación alimentaria y nutricional de la Ciudad de Buenos Aires, tal como lo indica en el articulo 2º inciso a) de la Ley. En caso afirmativo, se solicita su remisión.
3. Si se ha realizado el análisis y evaluación de resultados e impacto de los servicios existentes bajo la jurisdicción de los Ministerios de Promoción Social, de Educación y de Salud., tal como lo indica el artículo 2º inciso b) de la Ley. En caso afirmativo, se solicita su remisión.
Art. 2°.- Comuníquese, etc.
FUNDAMENTOS
Sr. Presidente:
La Ley 105 ha sido sancionada por esta Legislatura el 19 de noviembre de 1998. En ella, se crea el “Programa de estudio y evaluación de los servicios de asistencia alimentaria y nutricional a la población en situación vulnerable o critica".
El objeto de la misma es centralizar los programas relativos a los planes de alimentación que otorgan las distintas reparticiones de Gobierno, a saber: Ministerio de Salud, Ministerio de Educación y, finalmente, el Ministerio de Desarrollo Social, siendo esta ultima la encargada de la coordinación del mencionado Programa.
Es, sin dudas, una Ley de una relevancia absoluta puesto que atañe a una mejora en el déficit de la alimentación de los ciudadanos que se encuentran en situación de vulnerabilidad social.
Contar con el mapa nutricional nos permitiría entonces, no solamente dar cuenta de la situación actual sino también encontrar soluciones a este problema, problema que se acrecienta día a día.
No obstante ello, es imprescindible realizar adecuadamente un análisis y una evaluación de los servicios que se están implementado actualmente, ya que ello facilitaría el diseño de una política publica que tienda a revertir el problema en cuestión de manera definitiva.
Con el firme convencimiento del carácter indispensable que supone la puesta en marcha del mapa nutricional, solicito la aprobación del presente proyecto de Resolución.
.
PROYECTO RESOLUCION - 1855-D-2010
PROYECTO DE RESOLUCIÓN
Artículo 1°.- La Legislatura de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, solicita al Poder Ejecutivo que informe a través del organismo que corresponda, en el plazo de treinta (30) días de recibida la presente, acerca de los siguientes puntos:
a) Informe si se ha realizado en el Salón Dorado del Teatro Colón un cóctel organizado por la "Fundación Universitaria del Río de la Plata" durante los meses de junio y/o julio del corriente año.
b) En ese caso, explique los mecanismos por medio de los cuales se autorizó el uso de dichas instalaciones a la mencionada fundación y qué organismo o dependencia tomó dicha medida. Remita copia del contrato o convenio suscripto a tal efecto.
c) Indique si el Gobierno de la Ciudad y/o el Ente Autárquico del Teatro Colón recibieron alguna contraprestación o canon en concepto de alquiler de las instalaciones. En caso afirmativo, detalle el monto o tipo de contraprestación.
d) Informe si la "Fundación Universitaria del Río de la Plata" recibe algún tipo de colaboración por parte del Gobierno de la Ciudad y en ese caso en qué consiste la misma y qué dependencia es la responsable de su otorgamiento. Asimismo, informe si es beneficiaria de algún subsidio y/o subvención por parte del Gobierno de la ciudad.
Art.2 °.- Comuníquese, etc.
FUNDAMENTOS
Sr. Presidente:
Hemos tomado conocimiento que las instalaciones del Teatro Colón, recientemente inaugurado, han sido utilizadas para un evento de índole privado por parte de la Fundación Universitaria del Río de la Plata.
Según datos periodísticos de diversos medios, el 1 de Julio de 2010 dicha fundación llevó a cabo un cóctel con motivo de la conmemoración de su 40 aniversario en el Salón Dorado del mencionado Coliseo. Hecho que sin duda motiva conocer las razones por las cuáles se otorgó la autorización y si a cambio de la misma se abonó algún canon o realizó alguna contraprestación.
En este sentido, resulta también necesario tomar conocimiento sobre los fundamentos que originaron el permiso del uso como también si se han cumplido los requisitos legales necesarios para la autorización.
Asimismo, resulta de importancia recalcar que la mencionada fundación recibe colaboración por parte del Gobierno de la Ciudad, tal como puede observarse en la página Web de la misma (www.furp.org.ar), motivo por el cual nos vemos obligados a indagar también sobre la relación económica existente.
Por lo expuesto, solicitamos la aprobación del presente proyecto de resolución.
Artículo 1°.- La Legislatura de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, solicita al Poder Ejecutivo que informe a través del organismo que corresponda, en el plazo de treinta (30) días de recibida la presente, acerca de los siguientes puntos:
a) Informe si se ha realizado en el Salón Dorado del Teatro Colón un cóctel organizado por la "Fundación Universitaria del Río de la Plata" durante los meses de junio y/o julio del corriente año.
b) En ese caso, explique los mecanismos por medio de los cuales se autorizó el uso de dichas instalaciones a la mencionada fundación y qué organismo o dependencia tomó dicha medida. Remita copia del contrato o convenio suscripto a tal efecto.
c) Indique si el Gobierno de la Ciudad y/o el Ente Autárquico del Teatro Colón recibieron alguna contraprestación o canon en concepto de alquiler de las instalaciones. En caso afirmativo, detalle el monto o tipo de contraprestación.
d) Informe si la "Fundación Universitaria del Río de la Plata" recibe algún tipo de colaboración por parte del Gobierno de la Ciudad y en ese caso en qué consiste la misma y qué dependencia es la responsable de su otorgamiento. Asimismo, informe si es beneficiaria de algún subsidio y/o subvención por parte del Gobierno de la ciudad.
Art.2 °.- Comuníquese, etc.
FUNDAMENTOS
Sr. Presidente:
Hemos tomado conocimiento que las instalaciones del Teatro Colón, recientemente inaugurado, han sido utilizadas para un evento de índole privado por parte de la Fundación Universitaria del Río de la Plata.
Según datos periodísticos de diversos medios, el 1 de Julio de 2010 dicha fundación llevó a cabo un cóctel con motivo de la conmemoración de su 40 aniversario en el Salón Dorado del mencionado Coliseo. Hecho que sin duda motiva conocer las razones por las cuáles se otorgó la autorización y si a cambio de la misma se abonó algún canon o realizó alguna contraprestación.
En este sentido, resulta también necesario tomar conocimiento sobre los fundamentos que originaron el permiso del uso como también si se han cumplido los requisitos legales necesarios para la autorización.
Asimismo, resulta de importancia recalcar que la mencionada fundación recibe colaboración por parte del Gobierno de la Ciudad, tal como puede observarse en la página Web de la misma (www.furp.org.ar), motivo por el cual nos vemos obligados a indagar también sobre la relación económica existente.
Por lo expuesto, solicitamos la aprobación del presente proyecto de resolución.
Suscribirse a:
Entradas (Atom)