PROYECTO LEY 2922-D-2010- MODIFICACION CODIGO EDIFICACION

PROYECTO DE LEY


Artículo 1º- Modifíquese la sección 5 artículo 5.1.2.1 del código de edificación de la ciudad que quedara redactado de la siguiente forma:

5.1.2.1 Obligación de colocar letrero al frente de una obra - Sus leyendas

Al frente de una obra es obligatorio colocar un letrero que contenga el nombre, titulo, matrícula y domicilio de los profesionales y empresas, éstas con sus respectivos representantes técnicos, que intervengan con su firma en el expediente de permiso y numero de registro otorgado por el Instituto de Estadística y Registro de la Industria de la Construcción (IERIC).
Además constarán el número de expediente de obra, la fecha de concesión del permiso y las normas de tejido aplicables al predio de la obra, línea de frente interno, FOS, FOT y balance de superficie constando la superficie total del terreno, la superficie total construida, la superficie computada a los efectos de la aplicación del FOT, la dirección de la obra y el o los destinos de la misma en relación del Cuadro de Usos 5.2.1. del Código de Planeamiento Urbano. En el caso de tratarse de una obra sometida al dictado de normas particulares deberá también constar en el letrero el número de la Ley o Resolución para la misma.
Deberá constar el nombre de la Aseguradora de Riesgo del Trabajo, el número de póliza vigente, nombre del responsable en la temática de seguridad y numero de teléfono de emergencias.


Artículo 2º- Comuníquese, etc.




FUNDAMENTOS

Sr. Vicepresidente 1º

En los últimos años varios barrios de nuestra ciudad han experimentado un gran crecimiento inmobiliario, pero este crecimiento se ha desarrollado sin ningún criterio por parte del Gobierno de la Ciudad.
Esta ausencia de criterio inmobiliario del gobierno porteño lleva a barrios como Villa Urquiza, Caballito, San Telmo, Palermo y otros a perder la fisonomía del barrio y trae aparejada problemas estructurales con el agua, las cloacas, cocheras, etc.
Esta falta de criterio del Gobierno de la Ciudad es acompañada por un sistema de control de obra insuficiente e ineficaz, que no garantiza la seguridad de los trabajadores ni la de los vecinos.
En los hechos ocurridos en los últimos días en el barrio de Villa Urquiza pudo verse la falta de criterio y de control por parte del gobierno de la ciudad.

Es responsabilidad del Gobierno de la Ciudad ejercer el poder de policía en materia de fiscalización y control de las normas relativas al trabajo, la salud, seguridad e higiene y seguridad social, que le es propio por el artículo Nº 44 de la Constitución de la Ciudad de Buenos Aires.
Creemos que dicho poder de policía debe ser ejercido en el máximo grado de eficacia dado que tutela aspectos esenciales que hacen a la vida y el bienestar de los trabajadores, sus familias y los vecinos de nuestra ciudad.

Para que el Gobierno de la Ciudad pueda cumplir con eficacia con las facultades otorgadas por nuestra constitución creemos conveniente revisar y modificar la legislación vigente en esta materia.
Es preciso incluir en el código de edificación de nuestra ciudad la obligación de exponer en el cartel de obra los datos de la Aseguradora de Riesgo del Trabajo (ART) responsable, como así también el nombre del profesional actuante en la temática de seguridad y el numero de póliza vigente, como resguardo adicional al cumplimiento de la normativa.

Consideramos necesario también que se incluya el número telefónico de la ART para que los vecinos de la ciudad puedan denunciar irregularidades laborales en las obras y en caso de ser necesario informar alguna emergencia.

Por todo lo expuesto solicito la aprobación de este expediente.

No hay comentarios: