PROYECTO RESOLUCION ARROYO MALDONADO - 2387-D-2010

PROYECTO DE RESOLUCIÓN

Artículo 1°.- La Legislatura solicita al Poder Ejecutivo que, en el plazo de 30 días de recibida la presente, informe sobre los siguientes hechos, vinculados con las obras en los túneles aliviadores del Arroyo Maldonado:
a) Remita copia de las ofertas de todas las empresas que se presentaron a la Licitación Pública para las obras de los túneles aliviadores del emisario principal del Arroyo Maldonado, contratación LPNI-01--MGEYA-2005.
b) Remita copia del informe de la Comisión Evaluadora de Ofertas que sustenta la adjudicación de la obra a la empresa Ghella S. A.
c) Informe estado de avance de la obra, presupuesto asignado y monto ejecutado a la fecha.
d) Especifique si se han aprobado gastos adicionales. En caso afirmativo, detalle motivo, destino y monto, como así también acto administrativo por el cuál fueron aprobados.
e) Especifique si la Empresa Almirón SRL. presta o prestó servicios en la obra. De ser así, indique qué tareas cumple o cumplía, y la relación contractual existente. Informe, además, si dicha empresa realizó tareas los día 8 y 9 de abril de este año.
f) Remita un listado completo de todas las empresas contratistas y subcontratistas intervinientes en la obra. Especifique el servicio que brindan y cuál es la relación contractual establecida.
g) Remita un listado de todas las personas que intervienen o intervinieron en el proyecto por parte del Gobierno de la Ciudad, detallando la tarea que desarrollan, su fecha de ingreso al proyecto, modo de contratación y formación habilitante.
h) Detalle las inspecciones realizadas por parte del G.C.A.B.A. en las obras, fecha en que se efectuaron, informes producidos y datos del personal interviniente. Asimismo, indique modo de contratación y formación profesional de dicho personal.
i) Indique si se han recibido informes por parte de la Unión de Obreros de la Construcción de la República Argentina (U.O.C.R.A.), de la Prefectura Naval Argentina o de cualquier otra institución gubernamental o civil en relación a esta obra. De ser así remita copia.
j) Remita copia de todos los informes de impacto ambiental realizados en relación con este proyecto, como así también del Certificado de Aptitud Ambiental correspondiente.
k) Indique si la solución técnica en construcción se ajusta a lo previsto por la Ley Nº 1660 (B.O.C.B.A. Nº 2172, 19/04/05).
l) Informe qué resolución dictó el Juez a la medida cautelar solicitada por los actores en los autos caratulados "Peña, Milcíades Floreal y otros contra G.C.A.B.A. sobre amparo". Informe estado procesal de la causa mencionada y remita copia del expediente judicial correspondiente.
m) Remita copia de todos los informes vinculados a los hechos relacionados con la muerte del buzo-operario Sr. Rodrigo Ojeda. Detalle los procedimientos en materia de seguridad laboral y emergencias seguidos e indique en qué horario se reanudaron las actividades propias de la obra después de este suceso.
n) Detalle nombre y apellido, formación profesional y matrícula habilitante del/los profesionales responsables en materia de Seguridad e Higiene.
ñ) Indique si alguna de las empresas intervinientes en esta obra recibe algún tipo de subsidio o compensación por parte del G.C.A.B.A.
o) Informe si la obra cuenta con seguro de impacto ambiental, de ser así indique quién ha abonado dicho seguro.


Artículo 2°.- Comuníquese, etc.


FUNDAMENTOS
Señor Vicepresidente I:
El 8 de abril de este año en las obras de construcción de los túneles aliviadores del Arroyo Maldonado murió un operario. Rodrigo Ojeda se desempeñaba como buzo - operario en la empresa ALMIRÓN SRL, ese día intento por un par de horas abrir una escotilla de la cabeza de la tuneladora, a 30 metros de profundidad para realizar tareas de reparación.
Después de no lograr hacerlo Ojeda, junto a tres buzos más, entran en una cámara para compensar el flujo sanguíneo, acto de vital importancia por la presión existente en esa profundidad. Pero la cámara existente en la obra del Arroyo Maldonado no es una cámara hiperbárica, la necesaria para realizar esta actividad.
Posteriormente los cuatro buzos – operarios padecieron diversas descompensaciones, al otro día se presentaron a trabajar y volvieron a bajar a la cabeza de la tuneladora a 30 metros de profundidad. Cuando salieron de la cámara Ojeda se desvanece y muere en el trayecto en ambulancia al Hospital Fernández.
Este grave hecho ocurre en las obras de los túneles aliviadores del emisario principal del Arroyo Maldonado, justamente cuando estas obras deberían estar paralizadas puesto que existen dos dictámenes judiciales, de primera y segunda instancia, que ordenan la suspensión de las actividades en la obra.
Entre las graves denuncias que determinaron esta decisión judicial se encuentran acusaciones sobre la falta de cumplimiento de la normativa en materia de seguridad laboral sustentadas por informes de la Prefectura Naval Argentina. También forma parte de la denuncia judicial la violación de las jornadas de trabajo determinadas por la ley laboral nacional y la falta de inspecciones a la obra por parte de organismos del estado.
A esta causa judicial hay que sumarle las denuncias de falta de idoneidad profesional de algunos funcionarios a cargo de la obra, el posible pago de subsidios a la empresa constructora Ghella a cargo de la licitación y la relación de esta con empresas del grupo familiar del Jefe de Gobierno.
Como antecedente tenemos que tener en cuenta que la empresa constructora italiana Ghella se ha negado, por cuestiones de costos, a pagar un seguro de impacto ambiental que curiosamente habría sido afrontado por el propio Ministerio de Desarrollo Urbano.
En medio de este contexto se produce la muerte del buzo-operario Rodrigo Ojeda el día 9 de abril de este año. Por la gravedad de los hechos, las denuncias existentes entorno a la ejecución de esta obra y por la magnitud de la misma, creemos necesario que el Ejecutivo Porteño responda este pedido de informes con la mayor celeridad posible.
Por lo expuesto es que solicito a mis pares que acompañen el presente proyecto de resolución.

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