PROYECTO LEY 2924-D-2010 - VIVIENDA CHILAVERT

PROYECTO DE LEY

Art. 1º.- Incorporase a los inmuebles contemplados en el art. 1º de la ley 3319, el siguiente inmueble:

• Chilavert 3358, Circ. 1 - Sec. 52 - Manz. 10 - Parcela 5.

Art. 2º.- Inclúyase a los actuales residentes del inmueble señalado en el art.1º de la presente, en el censo poblacional ordenado por el art. 2º de la ley 3319.

Art. 3.- Comuníquese, etc.




FUNDAMENTOS

Sr. Presidente:

En la sesión del día 26 de noviembre del año 2009, esta Legislatura sancionó la Ley 3319 (BOCBA N° 3348 del 26/01/2010), por la cual se estableció la afectación a viviendas de carácter definitivo de siete (7) inmuebles ubicados en el barrio de Villa Soldati, los cuales habían sido declarados de utilidad pública y sujetos a expropiación por el decreto-ley 17.434 del año 1967, del dictador Juan Carlos Onganía, con el objeto de ser incorporados al área del Parque Almirante Brown.

La mencionada finalidad nunca se hizo efectiva, razón por la cual las familias que siempre vivieron allí -en forma previa a la expropiación, en base a contratos de locación con los dueños originales y luego, mediante convenios de tenencia precaria o contratos de concesión de uso celebrados con la Ciudad de Buenos Aires- siguen habitando esos inmuebles, y en todo momento realizaron actos públicos de posesión, como la conservación edilicia de las viviendas y el pago de los servicios públicos.

Asimismo, mediante la ley 3319 se ordenó la realización de un censo poblacional en dichos inmuebles y la posterior adjudicación de los mismos a quienes, de acuerdo al censo establecido, actualmente residan en ellos.

El inmueble que por la presente se propone incorporar a la ley 3319 forma parte del conjunto de inmuebles que fueron expropiados y la situación de quienes actualmente residen allí es exactamente la misma de quienes habitan aquellas viviendas que sí fueron incorporados en la ley.

Habiéndoles dado esas familias una solución definitiva a su precaria situación habitacional, resulta necesario otorgarle la misma solución a quienes se encuentran en igualdad de condiciones.

En este sentido, vale recordar que el artículo 31, inc. 1 de la Constitución de la ciudad establece el principio de progresividad al determinar que la Ciudad “Resuelve de manera progresiva el déficit habitacional, de estructuras y de servicios, dando prioridad a los sectores de pobreza crítica y con necesidades especiales de escasos recursos”. Este principio, que adquirió mayor relevancia en nuestro ordenamiento jurídico a partir de la incorporación al texto de la Constitución Nacional del Pacto Internacional de Derechos Económicos, Sociales y Culturales (art. 75 inc. 22 C.N), contempla la prohibición de regresividad respecto al goce y ejercicio de los derechos fundamentales, que significa la obligación del Estado de mejorar en forma continua o, planteado a la inversa, la imposibilidad de desmejorar la situación actual del titular de un derecho. En este sentido, el tratado mencionado hace especial hincapié en las medidas de carácter legislativo que se deben adoptar para lograr la plena efectividad de los derechos que reconoce (art. 2).

La Ciudad se encuentra obligada a garantizar el ejercicio pleno del derecho a la vivienda y, por el principio antes mencionado, no podría adoptar medida alguna que implique un retroceso en la situación actual de la familia que allí reside. Asimismo, teniendo en cuenta el criterio de radicación definitiva que la Constitución local contiene (Art. 31, inc. 2), la afectación a vivienda definitiva que se propone es el destino más adecuado que podemos otorgarle a dicho inmueble.

En esta dirección, el Comité de Derechos Económicos, Sociales y Culturales ha expresado que “el derecho humano a la vivienda adecuada tiene una importancia fundamental para el disfrute de todos los derechos económicos, sociales y culturales”, que “está vinculado por entero a otros derechos humanos y a los principios fundamentales que sirven de premisas al Pacto” y que “se debe garantizar a todos, sean cuales fueren sus ingresos o su acceso a recursos económicos” (Observación General 4).
Es por todo lo expuesto, que solicitamos la aprobación del presente proyecto de Ley.

PROYECTO LEY 2922-D-2010- MODIFICACION CODIGO EDIFICACION

PROYECTO DE LEY


Artículo 1º- Modifíquese la sección 5 artículo 5.1.2.1 del código de edificación de la ciudad que quedara redactado de la siguiente forma:

5.1.2.1 Obligación de colocar letrero al frente de una obra - Sus leyendas

Al frente de una obra es obligatorio colocar un letrero que contenga el nombre, titulo, matrícula y domicilio de los profesionales y empresas, éstas con sus respectivos representantes técnicos, que intervengan con su firma en el expediente de permiso y numero de registro otorgado por el Instituto de Estadística y Registro de la Industria de la Construcción (IERIC).
Además constarán el número de expediente de obra, la fecha de concesión del permiso y las normas de tejido aplicables al predio de la obra, línea de frente interno, FOS, FOT y balance de superficie constando la superficie total del terreno, la superficie total construida, la superficie computada a los efectos de la aplicación del FOT, la dirección de la obra y el o los destinos de la misma en relación del Cuadro de Usos 5.2.1. del Código de Planeamiento Urbano. En el caso de tratarse de una obra sometida al dictado de normas particulares deberá también constar en el letrero el número de la Ley o Resolución para la misma.
Deberá constar el nombre de la Aseguradora de Riesgo del Trabajo, el número de póliza vigente, nombre del responsable en la temática de seguridad y numero de teléfono de emergencias.


Artículo 2º- Comuníquese, etc.




FUNDAMENTOS

Sr. Vicepresidente 1º

En los últimos años varios barrios de nuestra ciudad han experimentado un gran crecimiento inmobiliario, pero este crecimiento se ha desarrollado sin ningún criterio por parte del Gobierno de la Ciudad.
Esta ausencia de criterio inmobiliario del gobierno porteño lleva a barrios como Villa Urquiza, Caballito, San Telmo, Palermo y otros a perder la fisonomía del barrio y trae aparejada problemas estructurales con el agua, las cloacas, cocheras, etc.
Esta falta de criterio del Gobierno de la Ciudad es acompañada por un sistema de control de obra insuficiente e ineficaz, que no garantiza la seguridad de los trabajadores ni la de los vecinos.
En los hechos ocurridos en los últimos días en el barrio de Villa Urquiza pudo verse la falta de criterio y de control por parte del gobierno de la ciudad.

Es responsabilidad del Gobierno de la Ciudad ejercer el poder de policía en materia de fiscalización y control de las normas relativas al trabajo, la salud, seguridad e higiene y seguridad social, que le es propio por el artículo Nº 44 de la Constitución de la Ciudad de Buenos Aires.
Creemos que dicho poder de policía debe ser ejercido en el máximo grado de eficacia dado que tutela aspectos esenciales que hacen a la vida y el bienestar de los trabajadores, sus familias y los vecinos de nuestra ciudad.

Para que el Gobierno de la Ciudad pueda cumplir con eficacia con las facultades otorgadas por nuestra constitución creemos conveniente revisar y modificar la legislación vigente en esta materia.
Es preciso incluir en el código de edificación de nuestra ciudad la obligación de exponer en el cartel de obra los datos de la Aseguradora de Riesgo del Trabajo (ART) responsable, como así también el nombre del profesional actuante en la temática de seguridad y el numero de póliza vigente, como resguardo adicional al cumplimiento de la normativa.

Consideramos necesario también que se incluya el número telefónico de la ART para que los vecinos de la ciudad puedan denunciar irregularidades laborales en las obras y en caso de ser necesario informar alguna emergencia.

Por todo lo expuesto solicito la aprobación de este expediente.

PROYECTO DECLARACION - 2893-D-2010 - REPUDIO INTENTO GOLPE DE ESTADO EN ECUADOR

PROYECTO DE DECLARACIÓN

La Legislatura de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires declara su más enérgico repudio a los intentos de golpe de estado en la hermana Republica de Ecuador. Así como también la solidaridad y apoyo al presidente democráticamente elegido por el pueblo ecuatoriano Rafael Correa.














































FUNDAMENTOS

En las últimas horas la democracia de la hermana República de Ecuador está viviendo momentos críticos, un grupo de policías y militares, apoyados por sectores políticos opositores, intenta derrocar al Presidente Rafael Correa.
Estos sectores disfrazan este intento de desestabilización con reclamos sociales, pero se niegan a hablar con el presidente para resolver el conflicto.
En estos momentos la Organización de los Estados Americanos convocó a una reunión de urgencia para tratar la problemática de Ecuador, de esta reunión debe salir el apoyo incondicional a la democracia en Ecuador y al Presidente Rafael Correa.
Latinoamérica se encuentra inmersa en un proceso de unidad y de transformación social, cultural y económica, estas intentonas desestabilizadoras quieren ponerle freno a este proceso.
Este nuevo conato de desestabilizar la democracia en nuestro continente, tenemos que enmarcarlo en los intentos de golpe de estado que sufrió Venezuela en el 2002 y Bolivia en el 2008 y el lamentable derrocamiento de Manuel Zelaya en Honduras el año pasado.
Estos hechos no deben ser pasados por alto por nuestra ciudad y esta cámara debe pronunciarse inmediatamente.
Por esto pedimos la aprobación de este proyecto.

PROYECTO DECLARACION 2871-D-2010 - PRESIDENTA CRISTINA KIRCHNER AL FRENTE DEL G77

PROYECTO DE DECLARACIÓN

La Legislatura de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires declara su beneplácito ante el nombramiento de la Presidenta Cristina Fernández de Kirchner al frente del Grupo de los 77 (G-77).





FUNDAMENTOS


El G-77 es la organización intergubernamental de los estados en desarrollo en las Naciones Unidas, proporciona los medios para articular y promover los intereses económicos colectivos y mejorar la capacidad de negociación conjunta de los países en vías de desarrollo.
Se fundo en 1964 y nuclea en estos momentos a más de 300 países, entre los que se encuentra nuestro país.
En la conferencia que se realiza en estos momentos en Nueva York se ha nombrado a nuestro país a cargo de la presidencia del grupo para el próximo periodo. Nuestra Presidenta, Cristina Fernández de Kirchner tendrá a su cargo el más alto órgano político dentro de la estructura organizativa del Grupo de los 77, nuestro país nunca antes había ocupado este lugar en el grupo.
En el discurso de asunción, nuestra Presidenta Cristina Fernández de Kirchner exhortó a los países miembros del grupo a no tolerar el cargo del pasivo ambiental de los países mas desarrollados y los llamo a asumir un compromiso con los pueblos para garantizar la mejoría de vida de estos.
Nuestra ciudad no puedo omitir el honor que representa que nuestro país ocupe este cargo, por esto solicitamos la aprobación de este proyecto.

PROYECTO RESOLUCION 2844-D-2010 - INFORME UGIS

PROYECTO DE RESOLUCIÓN

Artículo 1°.- La Legislatura de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires solicita al Poder Ejecutivo que en el plazo de treinta (30) días de recibida la presente y a través de los organismos correspondientes, informe acerca de los siguientes aspectos referidos a la "Unidad de Gestión de Intervención Social":
a) Detalle cantidad, fechas de inicio y finalización de todas la obras de tendido eléctrico realizadas en lo que va del año 2010 en las Villas 21 - 24 y Zavaleta. Indique, en especial, las realizadas en la Manzana Nº 3, Av. Gral. Iriarte 3500. En caso de no haberse previsto ni realizado ningún tipo de obra de tendido eléctrico indique los motivos.
b) Indique monto presupuestado y destinado a la realización de las obras detalladas en el inciso a) y porcentaje ejecutado.
c) Informe si existen denuncias o solicitudes por parte de los vecinos, durante el año 2010, tanto de la Villa 21-24 como de Zavaleta con motivo de la falta de energía eléctrica. En caso afirmativo, indique las medidas adoptadas por al UGIS para atender dichos reclamos. Si no se adoptó medida alguna, indique los motivos.
d) Informe si la UGIS ha realizo en la Villa 21-24 y en la Villa Zavaleta relevamientos poblacionales. En caso afirmativo, envíe los resultados obtenidos y en caso de no haber realizado ningún relevamiento, indique los motivos.
Articulo 2°.- Comuníquese, etc.


FUNDAMENTOS

Señor Presidente:

El presente proyecto de resolución es motivado por el reclamo que hicieran los vecinos de la Manzana Nº 3 de la Villa 21-24 y Zavaleta por la falta o corte diario del servicio de luz eléctrica. Los vecinos sufren reiterados cortes afectando de esta manera el desarrollo de su vida diariamente, esto sumado a que las condiciones del barrio son alarmantes debido a la falta de servicio de limpieza y de la crítica situación sanitaria del mismo hacen que el servicio de luz eléctrica tenga que ser optimo.
Pero el deficiente servicio se ve agravado también por la falta de respuesta por parte del Gobierno de la Ciudad. Dado que ante el reclamo presentado por los vecinos frente a los distintos organismos responsables de atender estas demandas, no encontraron ningún tipo de respuesta o solución. Es necesario remarcar también que una de las tantas promesas durante la campaña de Mauricio Macri fue el mejoramiento de las condiciones de vida en los barrios humildes o villas de emergencia, promesas que al día de la fecha siguen incumplidas como lo demuestra el reclamo de los vecinos.
La instalación precaria por la cual hoy en día los vecinos se abastecen del servicio los pone en peligro frente a posibles cortocircuitos por sobrecarga y las demás consecuencias que pueden ser provocadas como lo son incendios, cables al aire libre, etc.
Por lo tanto se hace necesario que los organismos competentes den respuesta de la situación en esta manzana como así también en todo el barrio, dado que la deficiencia en el servicio se presenta en gran parte del mismo. Entendiendo que existen áreas como lo es la "Unidad de Gestión de Intervención Social" que son las responsables de dar respuesta y que tienen entre sus funciones y obligaciones organizar, supervisar y ejecutar las obras de mejoramiento habitacional y mantenimiento del hábitat que se encuentren en emergencia; realizar tareas de mantenimiento del tendido eléctrico; realizar censos, relevamientos poblacionales y proyectos de factibilidad con informatización y carga de datos para la mejora en las políticas públicas sociales, dirigidas a mejorar las condiciones de habitabilidad; entre otras.
Por todo esto se hace pertinente solicitar dicha información con la cual poder dar una respuesta al legítimo reclamo de los vecinos de la Villa 21-24 y Zavaleta. Es por lo tanto que solicito se apruebe el presente proyecto.

PROYECTO DECLARACION - 2838-D-2010 - REPUDIO ACTO DE VIOLENCIA

PROYECTO DE DECLARACIÓN


La Legislatura de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires declara su enérgico repudio a la agresión recibida, al Agente de Control de Tránsito del Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires. Sebastián Díaz, el 25 de septiembre en la esquina de la Avenida Rivadavia y Rio de Janeiro, por un automovilista.




FUNDAMENTOS


Señor Presidente:


El motivo del presente proyecto es repudiar la agresión que sufrió el agente de tránsito de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, Sebastián Díaz el 25 de Septiembre del 2010 en la esquina de la Avenida Rivadavia y Rió de Janeiro, mientras que se encontraba ejerciendo su funcione de Controlador de Transito, fue agredido por un Automovilista al que le pretendía labrar un acta de infracción.
El agresor fue identificado como Aldo Javier Baccaro que había cruzado el semáforo en rojo y siguió de largo. De acuerdo con lo informado por el gobierno porteño en el comunicado, Baccaro se había en principio "dado a la fuga".
Minutos más tarde, el mismo regresó al lugar de la infracción, bajó de su auto y golpeó al agente de tránsito, que sufrió “una grave lesión en el oído interno, además de contusiones de distintas consideraciónes en otras partes del cuerpo”.
Baccaro, de 33 años, conducía un Citroën C3 y fue detenido por la Policía Federal, que lo trasladó a la Comisaría 11ª, a disposición del Juzgado Correccional Nº 5. .Mientras que el Agente de Control de Transito quedó internado en el Hospital Duran .
Por todo lo expuesto, solicito se apruebe la presente declaración.

PROYECTO DECLARACION N°2781-D-2010 - ABUELAS NIETO 102

PROYECTO DE DECLARACIÓN

La Legislatura de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires expresa su beneplácito por la restitución de la identidad del nieto 102 recuperada gracias a la lucha incansable de las Abuelas de Plaza de Mayo.


FUNDAMENTOS


El último viernes, el Juez Federal Canicoba Corral, les informaba a las Abuelas de Plaza de Mayo que un nuevo joven recuperaba su identidad.
Se trata del nieto recuperado numero 102, que después de que los análisis realizados por el Banco Nacional de Datos Genéticos dieran positivo en un 99,99%, pudo saber su verdadera identidad.
Después de varias idas y vueltas judiciales el tribunal federal ordeno una requisa sobre cuatro prendas que luego fueron utilizadas por el banco para determinar su identidad.
Hijo de Maria Graciela Tauro y Jorge Daniel Rochistein quienes fueron secuestrados el 15 de diciembre de 1977 en la localidad de Hurlingham y hasta el día de hoy se encuentran desaparecidos.
Maria y Jorge se conocieron durante sus estudios universitarios en Bahía Blanca, luego se casaron y mudaron al Gran Buenos Aires donde trabajaban y militaban en la Juventud Universitaria Peronista y en la organización Montoneros.
Maria estaba embarazada de cuatro meses cuando fue secuestrada, después de deambular por varios centros clandestinos de detención, Maria es separada de su compañero y trasladada a la ESMA para dar a luz en noviembre de 1977.
Allí nació su hijo y desde allí un ex integrante de la Fuerza Aérea se lo llevo y le robo su identidad, que recupero en las últimas horas gracias a la lucha y el trabajo incansable de las Abuelas de Plaza de Mayo.
El apropiador, Juan Carlos Vázquez Sarmiento, cumplía tareas en la Regional de Inteligencia Buenos Aires de la Fuerza Aérea y se encuentra prófugo desde el año 2006, en declaraciones de ex integrantes de las Fuerzas Armadas se pudo determinar que Vázquez Sarmiento en persona se llevo a este bebe de la ESMA.
En la conferencia de prensa que las Abuelas de Plaza de Mayo, rodeadas de los nietos ya recuperados, realizaron ayer, Estela de Carlotto sostuvo que respetan la identidad del joven aunque sea falsa y que en la justicia se encuentra su DNI con su verdadera identidad.
Este joven de 32 años hoy tiene la oportunidad de reconstruir su historia que le fue robada por la ultima dictadura militar y tiene la oportunidad de abrazar a su abuela Nelly quien desde hace mas de 30 años lo esta buscando.

Por todo lo expuesto solicito la aprobación de este proyecto.

PROYECTO RESOLUCION 2637-D- 2010- INFORME DERRUMBE

PROYECTO DE RESOLUCIÓN

Artículo 1°.- El Poder Ejecutivo informará a la Legislatura de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires en un plazo de 30 (treinta) días de recibida la presente y a través de los organismos correspondientes, acerca de los siguientes hechos relativos al derrumbe acaecido en el local Beara club ubicado en Av. Raúl Scalabrini Ortiz 1638:

a) Informe todo lo concerniente al trámite de habilitación y remita el expediente completo.

b) Remita los informes elaborados por verificadores técnicos que se realizaron en el local.

c) Consigne inspecciones realizadas y sus resultados y adjunte copia de las actas correspondientes.

d) Informe si se han recibido denuncias vinculadas a la actividad desarrollada en este local.

e) Mencione las acciones que la Administración ha tomado a fin de investigar las correspondientes responsabilidades, cuál ha sido el resultado de las mismas y cuáles son las sanciones administrativas previstas, si cupieran.

f) Indique, asimismo, si el Gobierno de la Ciudad tiene previsto iniciar algún tipo de acción legal en torno a los hechos acaecidos.

g) Explique por que en la página www.saliseguro.gob.ar perteneciente al Gobierno de la Ciudad no se especifica la capacidad del local, y que significa la calificación de “estado regular” que le confieren en dicha pagina a este local.

Artículo 2°.- Comuníquese, etc.




















FUNDAMENTOS



En horas de esta madrugada se ha producido un nuevo derrumbe en nuestra ciudad, esta vez en un local comercial sito en la Av. Sacalabrini Ortiz 1638 donde funcionaba un local bailable.

Otra vez la ciudad debe lamentar la pérdida de dos jóvenes y más de veinte personas resultaron heridas.

Nuevamente un hecho trágico que pudo y debió haber sido evitado.

Hace meses que las áreas de habilitación, fiscalización y control del Gobierno de la Ciudad están bajo la atenta mirada de toda la comunidad de nuestra ciudad. Los hechos recientes que debemos lamentar merced la inoperancia y la desidia de los funcionarios responsables de estas áreas del Gobierno dejan al descubierto una vez más sus terribles consecuencias.

Sumado a todo lo dicho, la situación se agrava a raíz de las reiteradas sospechas y denuncias de corrupción que pesan sobre los inspectores y funcionarios que deberían controlar las actividades y establecimientos de la Ciudad.

En los últimos meses, varios hechos de este tenor han tomado estado público a través de los medios de comunicación, el derrumbe de la calle Viamonte, que milagrosamente no causó ninguna pérdida humana, el fatal derrumbe del gimnasio de la calle Mendoza, donde perdieron la vida tres personas y ahora este nuevo hecho que pone nuevamente en debate el papel del Gobierno de la Ciudad en relación a su sistema de habilitaciones, fiscalización y control.

El sistema completo de habilitaciones, fiscalización y control de la ciudad debe ser revisado, reevaluado y reestructurado su diseño, considerada la operatividad y desempeño de los inspectores, para que todos los vecinos dejemos de estar en riesgo.

Por todo lo expuesto solicitamos la aprobación de este proyecto.

PROYECTO DECLARACION - EMERGENCIA SISTEMA CONTROL GCBA - 2636-D-2010

PROYECTO DE LEY


Artículo 1°.- Declarase la emergencia del sistema de control, fiscalización e inspección de las condiciones de habilitación, seguridad e higiene y las condiciones de funcionamiento de establecimientos públicos y privados y de las obras civiles de arquitectura de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, por el plazo de noventa (90) días prorrogables por única ves por treinta (30) días.

Art. 2º.- La declaración de emergencia rige para los establecimientos y actividad clasificadas como críticas, conforme los artículos 3 y 4 de la Ley 2553.

Art. 3º.- Durante la vigencia de la emergencia la Agencia Gubernamental de Control debe realizar al menos una inspección integral de habilitación y funcionamiento, en todos los establecimientos para los cuales rige la emergencia.

Art. 4º.- La Agencia Gubernamental de Control debe contratar la cantidad de inspectores necesarios para cumplir con lo establecido en el artículo 3º de la presente, dentro de los primeros treinta (30) días de promulgada la presente.

Art. 5º.- Durante el tiempo que rija la emergencia se implementará una campaña de difusión masiva a los efectos de dar a conocer la vigencia de la misma como así también sus objetivos y alcances, particularmente, los mecanismos de denuncias existentes.

Art. 6º.- La Agencia Gubernamental de Control podrá celebrar convenios con universidades nacionales y asociaciones profesionales del área para establecer protocolos de intervención y contratar personal por el período que dure la emergencia

Art. 7º.- Comuníquese, etc.


FUNDAMENTOS
Señor Presidente:
El presente proyecto de Ley tiene como finalidad declarar la emergencia del sistema de control, fiscalización e inspección de las condiciones de habilitación, seguridad e higiene y las condiciones de funcionamiento de establecimientos públicos y privados y de las obras civiles de arquitectura de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, por el plazo de noventa (90) días prorrogables por única ves por treinta (30) días más.
Dicha declaración se sustenta en la crisis que atraviesa el sistema de control y fiscalización de la Ciudad que trae aparejado una grave situación de peligro constante para los vecinos porteños.
Muestra de ello son las deficiencias en los controles de obras que trajo aparejado, entre otros, el trágico derrumbe del barrio de Villa Urquiza. Asimismo, la falta de controles en los locales nocturnos continúa siendo una deficiencia constante en la Ciudad.
Entendemos prioritario y urgente que se releven todas y cada una de las actividades críticas de la Ciudad, conforme la definición que de ellas hace la Ley 2553.
La Ciudad, lamentablemente, atraviesa una crisis institucional de envergadura nunca antes vista y el sistema de control y fiscalización no es ajeno a ello.
En este sentido, varios Diputados propusieron declarar de emergencia el sistema de salud, del servicio de protección de los derechos de niños, niños y adolescentes, el sistema de estacionamiento general, del empleo público y las actividades de obras, mantenimiento, reparación o demolición de construcciones.
Hace meses que las áreas de habilitación, fiscalización y control del Gobierno de la Ciudad están bajo la atenta mirada de toda la comunidad de nuestra ciudad. Los hechos recientes que debemos lamentar merced la inoperancia y la desidia de los funcionarios responsables de estas áreas del Gobierno dejan al descubierto una vez más sus terribles consecuencias.
El sistema completo de habilitaciones, fiscalización y control de la ciudad debe ser revisado, reevaluado y reestructurado su diseño, considerada la operatividad y desempeño de los inspectores, para que todos los vecinos dejemos de estar en riesgo.


Por todo lo expuesto solicitamos la aprobación de este proyecto.

PROYECTO RESOLUCION ORQUESTA ESTUDIANTIL - 2595-D-2010

PROYECTO DE RESOLUCIÓN

Artículo 1º.- La Legislatura de la Ciudad de Buenos Aires solicita al Poder Ejecutivo que a través del Ministerio de Educación informe, en el plazo de 30 (treinta) días de recibida la presente, sobre las siguientes cuestiones relativas a la Orquesta Estudiantil de Buenos Aires:

1- Cantidad de instrumentistas que componen la Orquesta.

2- Nomina de instrumentistas que recibieron la asignación estímulo destinada a cubrir los gastos correspondientes a sus viáticos, fijada por Ley 2989, durante los años 2009 y 2010, discriminado por montos. Asimismo, se solicita se explique los criterios utilizados para fijar dichos montos y modalidad de entrega del mismo.

3- Si se tiene previsto realizar obras de infraestuctura en el establecimiento donde funciona la Orquesta. En caso afirmativo detalle tipo de obra, monto fijado, fecha de inicio o/y estado de avance y de finalización prevista.

4- Monto presupuestario asignado para los años 2009 y 2010.


Art. 2°.- Comuníquese, etc.




























FUNDAMENTOS

Sr. Presidente:
En el año 1997 por medio del Decreto Nº 1470 se creo la Orquesta Estudiantil, con el objetivo de nuclear a los estudiantes secundarios con mejores aptitudes para ejecutar música clásica. Entre los considerandos que justifican tal creación puede leerse:

"Además de proporcionar capacitación estimula su vocación formando hábitos de disciplina o integración entre generaciones",
"Que a través de conciertos didácticos es posible fomentar y estimular el arte musical nacional o internacional;

Con el objeto fomentar el desarrollo de las actividades que realiza la Orquesta estudiantil de la Ciudad, en el año 2008 se sancionó la Ley Nº 2989 la cual quedó automáticamente promulgada el día 15 de enero de 2009, por medio de la cual se otorga a los instrumentistas miembros de la Orquesta una asignación estímulo destinada a cubrir los gastos correspondientes a sus viáticos.

En la mencionada Ley se estipula, además, que dicha asignación es de carácter personal y no remunerativa, que se otorga durante diez (10) meses anuales comprendidos entre marzo y diciembre de cada ejercicio fiscal y que el monto no puede ser inferior al veinte por ciento (20 %) del salario mínimo, vital y móvil.

Incluso, y tal como consta en la pagina web del Gobierno de la Ciudad, "el germen de la Orquesta Estudiantil de Buenos Aires nació en 1982 cuando el profesor Guillermo Jorge Zalcman creó el conjunto de cámara de la Escuela Normal Superior de Profesores Nº 2 - Mariano Acosta. "
A partir de entonces fue creciendo y desarrollándose, aumentando la cantidad de integrantes, incorporando nuevos instrumentos y ampliando su repertorio hasta llegar a conformar un plantel de sinfónica con más de 80 ejecutantes y a realizar en promedio, 15 conciertos anuales tanto en la Ciudad como en el Interior del País.
Cabe destacar que entre las actividades de la Orquesta se encuentran los conciertos didácticos que brindan a los establecimientos dependientes del Ministerio de Educación de la Ciudad y los recitales libres y gratuitos que ofrecen a la comunidad en general.
Sin embargo, la elemental tarea cultural que estos músicos realizan podría verse en peligro debido a que, como hemos tomado conocimiento, los miembros de la Orquesta no han percibido los viáticos que les fueron asignados por Ley debido a que la misma aun no ha sido reglamentada por el Poder Ejecutivo, a pesar de haber transcurrido 19 meses desde su promulgación.
Entendiendo fundamental la labor que realiza la Orquesta para formación de alumnos y para la difusión de la cultura musical, solicito la aprobación del presente proyecto de Resolución.